Corporación Universitaria Republicana - REQUISITOS DE SUFICIENCIA EN UN SEGUNDO IDIOMA

REQUISITOS DE SUFICIENCIA EN UN SEGUNDO IDIOMA

Este comunicado se emite para clarificar la información falsa circulante en las redes sociales

Fecha de publicación: 06 /Aug /2024

La Corporación Universitaria Republicana informa a la comunidad académica que no se ha realizado ningún cambio en el pensum de los programas académicos, ya que este proceso requiere la autorización del Ministerio de Educación Nacional.

De igual forma, de conformidad con el Artículo 39 del Reglamento Estudiantil, la acreditación de la suficiencia en una lengua extranjera, inglés o cualquier otra lengua, es obligatoria para los estudiantes de pregrado que ingresaron o reingresaron bajo el sistema de créditos académicos, sin perjuicio de otros requisitos de grado.

Después de aprobar los niveles de inglés ofrecidos en los planes de estudios de los programas de pregrado (los cuales no han sido objeto de ningún cambio), El estudiante deberá cursar los demás cursos necesarios para lograr las competencias requeridas de nivel B1 en el Marco Común Europeo de Referencia para el Estudio de Lenguas Extranjeras, bien sea en la Institución o fuera de ella.

Los programas de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano en Conocimientos Académicos de Inglés o Francés ofrecidos por la Corporación Universitaria Republicana son solo una de las opciones disponibles, el estudiante es libre de elegir como llevar acabo el cumplimiento de la competencia requerida de un segundo idioma como proceso de grado.

Para el semestre académico 2024-2, los estudiantes de pregrado tienen las siguientes opciones adicionales para cumplir con el requisito de lengua extranjera para grado:

1.   Realizar un Examen de Acreditación Internacional.
2.   Participar en un Intercambio Académico y/o Cultural, validado por el Departamento de Idiomas y la Oficina de Relaciones Internacionales de la Corporación Universitaria Republicana.
3.   Presentar las pruebas Saber Pro y obtener un resultado de nivel B2, lo cual cumple con la competencia de un segundo idioma.
4.    El estudiante puede presentar un certificado de nivel B1 emitido por una institución que cuente con la resolución de la Secretaría de Educación.

Este comunicado se emite para clarificar la información falsa circulante en las redes sociales que indica erróneamente que el pensum de los programas académicos ha cambiado y que los estudiantes de pregrado no cuentan con varias opciones para el cumplimiento del requisito de lengua extranjera para grado.

Invitamos a la comunidad académica a verificar con el Departamento de Idiomas los beneficios académicos de los Programas Académicos en Inglés o Francés aprobados por la Secretaria de Educación de Bogotá a la Corporación Universitaria Republicana en 2023 y el impacto positivo que pueden tener en el futuro profesional de los estudiantes de pregrado.

Si requiere una información adicional puede comunicarse vía correo electrónico a escueladelenguas@urepublicana.edu.co