REGISTRO DE MARCAS EN EL DERECHO INTERNACIONAL: ARMONIZACIÓN ENTRE LAS DISPOSICIONES DE LA CAN Y EL PROTOCOLO DE MADRID PARA EL CASO COLOMBIANO
Resumen
El derecho que regula en Colombia el registro internacional de marcas para los nacionales está fundamentado en unas premisas que podemos denominar clá-sicas, que hasta el momento se encuentran contenidas principalmente en la Decisión 486 de la CAN y que actualmente empiezan a ser controvertidas o cuestionadas en nuestro país por otras perspectivas o visiones normativas alternas. El objeto del presente artículo es traer a colación una tensión iniciada cuando Colombia firmó y ratificó en el año 2011 el Protocolo de Madrid, el cual busca efectivar para los extranjeros los procedimientos detrás del registro de marcas y se constituye en un anhelo para los nacionales que deben seguir aplicando el modelo clásico.
Esto se llevará a cabo esbozando los principales planteamientos de ambos modelos, teniendo en cuenta los principales matices que se desprenden tanto a favor como en contra, respecto de temas como la solicitud de extensión de registro de una marca, la vigencia del registro internacional de marcas, la tasa gubernamental, los factores para denegación de las marcas, entre otros. Res-pecto de las desventajas procedimentales para los nacionales, se tomará prin-cipalmente la visión que se tiene de un Estado en trasformación a partir del proceso de globalización jurídica defendida por parte de autores como Zagrebelsky (2003).
Para finalizar, el artículo desarrolla algunos estándares de protección aplica-dos al derecho internacional de marcas, con el fin de mostrar cómo este adquie-re una connotación de derecho fundamental, y ver en general cómo este enfoque proporciona a países de economías en proceso de desarrollo una visión no solo alterna, sino compatible con sus aspiraciones jurídicas. La relevancia del artí-culo se encuentra no solamente en que proporciona una modelo alternativo para armonizar el derecho vigente en Colombia para el registro internacional de la marcas, sino en que trae consigo parte del debate que se desarrolla en la modernidad acerca de la necesidad de superar la fragmentación del derecho e interpretar el mismo en torno al sujeto, ausente en Colombia a pesar de los innumerables trasplantes normativos.
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