IMPLICACIONES CIVILES Y PENALES EN LAS QUE INCURRE EL REVISOR FISCAL POR LA MODIFICACIÓN DE LA OPINIÓN EN SU DICTAMEN

Palabras clave: implicaciones civiles, implicaciones penales, revisoría fiscal, dictamen del revisor fiscal

Resumen

Actualmente en el ejercicio de la revisoría fiscal, el contador se enfrenta a diferentes situaciones que afectan o modifican su opinión en un dictamen ya divulgado; esto genera incertidumbre a los grupos de interés, exponiéndose a un problema jurídico de corte civil o penal. Es así como el presente artículo analiza las implicaciones civiles y penales en las que incurre el revisor fiscal por la modificación de la opinión en su dictamen. Desde la perspectiva metodológica, la investigación es analítica. Se parte de una indagación de la normativa para el ejercicio de la revisoría fiscal en Colombia, luego se analizan las implicaciones civiles y penales al modificar una opinión en su dictamen de acuerdo con el Código Penal, el Código Civil, la Ley 43 de 1990, el Código de  Comercio y el sustento legal. Los resultados muestran que, para el revisor fiscal, cuando se le compruebe dolo producto de un cambio de opinión, se establece un valor económico que será determinado por un juzgado, el cual va desde 50 hasta 50.000 SMLV, dependiendo del daño ocasionado y de acuerdo con la conducta punible dolosa, culposa o preterintencional, con una pena entre uno (1) y treinta (30) años de prisión según el daño ocasionado hacia los stakeholders afectados.

DOI: http://dx.doi.org/10.21017/Rev.Repub.2021.v30.a101

Biografía del autor/a

Rodrigo Alberto Plazas Estepa, Corporación Universitaria Republicana

Doctorando en Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Máster en Derecho Comercial y Abogado de la Universidad Sergio Arboleda. Director y docente del Centro de Investigaciones de la Corporación Universitaria Republicana, investigador sénior del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de Colombia. Correo electrónico: rodrigoplazas@urepublicana.edu.co

Ludivia Hernández Aros, Universidad Cooperativa de Colombia

Magíster en Auditoría y Gestión Empresarial de la Universidad UNINI, Puerto Rico. Especialista en Revisoría Fiscal y Control de Gestión de la Universidad Cooperativa de Colombia. Profesora Investigadora de la Facultad de Contaduría Pública de la Universidad Cooperativa de Colombia, sede Ibagué-Espinal, Colombia, Grupo de investigación PLANAUDI y SINERGIA UCC. Correo electrónico: ludivia.hernandez@campusucc.edu.co

Laura Constanza Gallego Cossio, Universidad Cooperativa de Colombia

Doctora en Administración de la Universidad Simón Bolívar de Barranquilla. Profesora investigadora de la Universidad Cooperativa de Colombia, sede Ibagué-Espinal. Grupo de investigación PLANAUDI. Correo electrónico: laura.gallego@campusucc.edu.co

Fernando Gutiérrez Portela, Universidad Cooperativa de Colombia

Candidato a Doctor en Ingeniería de la Universidad Autónoma de Bucaramanga, UNAB.
Magíster en Software Libre, Profesor investigador del programa de Ingeniería de Sistemas e Ingeniería Civil de la Universidad Cooperativa de Colombia (UCC), sede Ibagué-Espinal. Integrante del Grupo de Investigación AQUA de la UCC, Ibagué,Espinal. Correo electrónico: fernando.gutierrez@campusucc.edu.co

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Publicado
2021-02-28
Cómo citar
Estepa, R. A., Hernández Aros, L., Gallego Cossio, L., & Gutiérrez Portela, F. (2021). IMPLICACIONES CIVILES Y PENALES EN LAS QUE INCURRE EL REVISOR FISCAL POR LA MODIFICACIÓN DE LA OPINIÓN EN SU DICTAMEN. Revista Republicana, (30), 163-178. Recuperado a partir de https://urepublicana.edu.co/ojs/index.php/revistarepublicana/article/view/699
Sección
Artículos