DEVOLUCIÓN DE APORTES SOCIALES EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR COOPERATIVO

  • María Elena Grueso Rodríguez Corporación Universitaria Republicana Universidad Sergio Arboleda.

Resumen

Esta investigación busca establecer si las entidades del sector solidario, pueden incluir en sus estatutos, el retiro parcial de sus aportes. Con el fin de buscar el objetivo planteado se acudió a la revisión de la normatividad existente hasta la fecha y los diversos conceptos emitidos por la Superintendencia de la Economía Solidaria y la Superintendencia Bancaria de Colombia, hoy Superintendencia Financiera de Colombia. Sobre el particular, el artículo 4 de la Ley 79 de 1988, establece que las cooperativas son aquellas empresas asociativas sin ánimo de lucro en las cuales los trabajadores o los usuarios, según el caso, son simultáneamente los aportantes y los gestores de las empresas, creadas con el objeto de producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general.

Biografía del autor/a

María Elena Grueso Rodríguez, Corporación Universitaria Republicana Universidad Sergio Arboleda.
Docente Investigadora. Corporación Universitaria Republicana. Grupo de Investigación derecho Económico y estado. Abogada de la Universidad Sergio Arboleda. Especialización en Derecho Comercial y Derecho Financiero de la Universidad del Rosario. Candidata a Maestra en Derecho de la Universidad Sergio Arboleda. Correo electrónico: megrueso@hotmail.com.co

Citas

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Publicado
2015-06-12
Cómo citar
Grueso Rodríguez, M. (2015). DEVOLUCIÓN DE APORTES SOCIALES EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR COOPERATIVO. Revista Republicana, (12). Recuperado a partir de https://urepublicana.edu.co/ojs/index.php/revistarepublicana/article/view/101
Número
Sección
Artículos