REFLEXIÓN HISTÓRICA Y JURÍDICA EN TORNO LA VIDA Y OBRA DE CHARLES ROMUALD GARDES
Resumen
El presente trabajo busca evidenciar que las fuentes para el estudio del derecho, no se agotan con la exploración literal y anacrónica de códigos y compendios normativos, pues la historia del derecho o iushistoria contribuye notablemente a tener una visión, amplia, plural, participativa, e incluyente, en materia de fuentes bibliográficas y de otras no tradicionales como el Cine al momento de auscultar – investigar el decurso histórico del Derecho. Para lograr el objetivo indicado en el párrafo precedente, elaboramos un texto analítico, descriptivo, y propositivo sobre la vida de Carlos Gardel, a partir de fuentes como el Cine, la Literatura, e incluso su obra musical y versiones sobre su vida, posteriormente, nuestro trabajo enseñará un análisis jurídico de la filmografía de Carlos Gardel, donde destacaremos el fenómeno de la inmigración, la concepción y entendimiento del término delito, pasando por figuras jurídicas de notoria relevancia, tales como el Hurto, Estafa, Omisión de Denuncia, y Perdón en diferentes Filmes, tales como «El Día que me Quieras» o «Noches de Arrabal». Por otra parte, sobre el papel de la iushistoria, destacamos que en términos del Profesor Rigoberto Gerardo Treviño Ortíz, es claro que «Desde el momento en que los datos normativos tienen una fecha, y que hay siempre en derecho un antes y un después y un posible derogarse lo anterior por lo posterior, no cabe prescindir de la historia de esos datos, es decir de los textos pertinentes»1 . Así las cosas, cabe anotar que en el presente trabajo no ofreceremos una definición o técnica puntual en materia de iushistoria, sin embargo, destacamos que al hablar de historia del derecho, para Francisco Tomas Y Valiente «la historia del derecho es una especialidad de la Historia»2 , pues «el estudio de las realidades pretéritas elaborado con los modos de investigación críticos y rigurosos que son propios de la historiografía actual es historia; pero además agrega que la historia del derecho no debe confundirse con otras ramas de la historia ni tampoco perder su identidad al relacionarse con la historia política o la económica». 3 El concepto en cita se suma al que realiza el profesor argentino Ezequiel Abásolo4 en el texto «Iniciación a la historia jurídica de los argentinos», donde expresa que para él no hay nada mejor que ir «desagregando» previamente los términos que integran la expresión «historia del derecho». Y de este modo, pues, ir indagando en torno a lo que es «historia» y a lo que es «derecho». Por su parte, la Profesora Remedios Morán Martín señala que «el objeto de la Historia del Derecho no es la mera descripción cronológico-lineal de lo normativo y lo técnico-jurídico desligado de su contorno, sino el estudio de los modos de creación del Derecho dentro de cada formación social y del conjunto constituido en cada formación por todas las instituciones jurídicas coexistentes.
DOI:
Citas
Álvarez Eliseo con la colaboración de Daniela Baso CARLOS GARDEL. Biografía autorizada. Ediciones de la Urraca, Buenos Aires, 1995, p. 146.
Collier Simón, CARLOS GARDEL. Su vida, su música, su época. Edit Sudamericana, Buenos Aires, 1988, p. 16.
Morán Martín, Remedios. Materiales para un curso de Derecho español. Tomo I, Madrid: Cuadernos de la UNED, 1999. p. 39.
Treviño Ortiz, Rigoberto Gerardo. Algo acerca del oficio del historiador del derecho. Anuario mexicano de Historia del Derecho, p. 16.
Tomás y Valiente, Francisco. Manual de Historia del Derecho Español. 4ªed. Madrid: Tecnos, 1983, p. 327.
Notas de clase y bibliografía aportada en Curso Regular de Doctorado «Historia del Derecho» de la Universidad de Buenos Aires, ofrecido por el profesor, Dr. Ricardo Rabinovich Berkman